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8 - Febrero- 2022
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El resort de lujo de la isla de Valdecañas, en el pantano extremeño de Valdecañas - conocido como el 'Algarrobico extremeño - tiene los días contados. El Tribunal Supremo acaba de anunciar que estima un recurso de Ecologistas en Acción y que extiende la demolición de este complejo turístico al campo de golf, el hotel y las viviendas y no sólo a las obras en desarrollo, como habían establecido en un primer momento los jueces extremeños. La medida afecta a casi 200 villas, un hotel de cuatro estrellas y un campo de golf.

Este complejo fue construido en la isla de Valdecañas, en medio del pantano, y en una Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) con el visto bueno de la Junta de Extremadura con su Proyecto de Interés Regional de 2007. Una normativa que rápidamente fue declarada ilegal por los tribunales extremeños con órdenes de paralizar las obras, todo confirmado por el Tribunal Supremo en 2014. Más de una década después, el mismo Tribunal Supremo ha estudiado y estimado el último recurso de Ecologistas en Acción sobre qué consecuencias debe tener esta ilegalidad.

Los ecologistas recurrían la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que en 2020 autorizó la demolición parcial del complejo, exigió a la Junta de Extremadura un plan para proteger y vigilar el medioambiente en la zona y permitió que las casas, el hotel y el campo de golf ya construidos se mantuvieran en pie al entender que no afectaban negativamente al entorno natural de Valdecañas. Ahora el Supremo dice lo contrario.

La sala de lo contencioso-administrativo, según informa en un comunicado, ha estimado un recurso de Ecologistas en Acción y explica que anula las excepciones que el tribunal extremeño estableció para las demoliciones: “El Supremo anula este extremo y acuerda que deberán ser demolidas como el resto de las obras e instalaciones cuya demolición determinaba el propio auto de ejecución, dice el Tribunal Supremo sobre una sentencia que se conocerá íntegramente en los próximos días.

Vista de una parte del complejo urbanístico desde el embalse de Valdecañas (Cáceres).

Esta no es la única batalla legal que se ha desarrollado en torno a este complejo turístico de lujo ubicado en un enclave natural como es el pantano de Valdecañas. Hace unos meses el mismo TSJ de Extremadura decidió que la administración regional no estaba obligada a indemnizar con más de 5 millones de euros a la promotora de un hotel que no pudo construirse en el complejo turístico después de la anulación del Proyecto de Interés Regional en 2011.

El Tribunal Supremo dejó claro en 2014 que este PIR era ilegal por el enclave natural en que se habían levantado las casas, hoteles y el campo de golf. “Los terrenos donde se ha construido el complejo urbanístico están incluidos en la Red Natura 2000”, reprocharon entonces los jueces. La normativa europea sobre protección ambiental, añadieron, “deja claramente establecido que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial de protección sectorial resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección”. La Junta de Extremadura, por tanto, nunca tuvo derecho a autorizar esas construcciones que ahora deben ser demolidas en su totalidad.

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La playa del Algarrobico es una playa española situada a 4 km al norte de Carboneras (provincia de Almería, Andalucía), a cuyo término municipal pertenece, a la que se accede por la carretera N-341 en dirección a Mojácar. Está situada en el parque natural del Cabo de Gata-Níjar. Se hizo famosa al construirse desde 2003 el popularmente conocido como "Hotel El Algarrobico" por la promotora Azata del Sol, que provocó una fuerte oposición y movilización debido a su ilegalidad por incumplimiento de la Ley de Costas. El caso tuvo un gran impacto mediático y por sus dimensiones ha sido usado por los medios de comunicación como símbolo de la mala conservación de la costa española. La proximidad de la playa al casco urbano hace que tenga una ocupación media, a pesar de lo cual está pobremente equipada con servicios y mobiliario.

Un carril sin asfaltar bordea la costa y lleva directamente a la playa, dotada de aparcamiento no vigilado. Se trata de la única playa del parque natural del Cabo de Gata-Níjar cuyo territorio marítimo no está afectado por la figura de protección del espacio natural, limitándose ésta al área terrestre entre la Punta del Santo y la desembocadura del río Alías, a los pies del extremo oriental de la Sierra de Cabrera. Desde este lugar, continúa hacia el sur hasta la Punta del Rayo, en cuya cima, sobre la Piedra de los Roncaores se eleva una de las torres vigías que jalonan el litoral almeriense, la Torre de la Carbonera, construida en 1584 por mandato de Felipe II y destruida por un rayo durante la segunda mitad del siglo XVIII, momento a partir del cual, adoptó el nombre por el que más comúnmente se la conoce: la Torre del Rayo.

El inicio de la construcción en 2003 del hotel El Algarrobico por parte de la promotora Azata del Sol en terrenos del parque natural urbanizables suscitó una gran polémica a partir de 2005 cuando llegó al Ministerio de Medio Ambiente Doña Cristina Narbona, ya que aunque el proyecto recibió todos los permisos necesarios de las cuatro administraciones públicas incluida la propia Dirección Provincial de Costas, la licencia había sido obtenida en los años 80 (cuando El Algarrobico aún no estaba catalogado como parque natural Cabo de Gata-Níjar), mientras que la construcción del hotel se inició en 2003, cuando esta playa ya era un área protegida. Esta gestión presentaba visos de ilegalidad por vulneración de la Ley de Costas, que establece una servidumbre de protección de 100 metros en la que está prohibido construir.

Se convocaron movilizaciones y actuaciones y se denunció el proyecto en los tribunales por parte de asociaciones locales como Salvemos Mojácar, apoyadas por organizaciones ecologistas nacionales e internacionales, que desembocaron en primer lugar en la paralización de las obras por orden judicial. Las distintas administraciones dilataron ejecutar el proceso de expropiación, desestimándolo por Resolución del Delegado del Gobierno de Andalucía en junio de 2009.

A finales de marzo de 2014 la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, entrando en contradicciones con el propio TSJA y con el TS respecto a sentencias anteriores, declaró como urbanizable el suelo donde se encuentra el edificio. Esta sentencia movió a la asociación Ecologistas en Acción a presentar un recurso ante el TS y al colectivo "Salvemos Mojácar" a presentar una querella contra los ponentes de dicha sentencia, así como un incidente de recusación contra los magistrados que han de dictar sentencia sobre la licencia de obras del hotel, alegando que los jueces son objeto de la querella por presunta prevaricación. El incidente de recusación terminaría siendo desestimado por el Tribunal Supremo al no haberse admitido a trámite la querella presentada contra los magistrados.

El 2 de diciembre de 2015 el Tribunal Constitucional ratificó definitivamente la desestimación de dicha querella al negar el recurso de amparo que solicitó la organización ecologista Salvemos Mojácar. El 30 de julio de 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declaró conforme a derecho la licencia de obras del hotel. En agosto de 2014 la Junta de Andalucía inició las gestiones para inscribir los terrenos de hotel a nombre del dominio público con la intención de demolerlo, desistiendo más tarde, a la espera de una sentencia del Tribunal Supremo que clarificase si el suelo es urbanizable o si, por el contrario, goza de especial protección. El 18 de febrero de 2016 el Tribunal Supremo estimó los recursos de Greenpeace España y de la Junta de Andalucía, declarando el área como ambientalmente protegida no urbanizable y fallando a favor del derecho de retracto sobre los terrenos en los que se ubica el hotel.

La mayoría de la población de Carboneras, municipio en el que se encuentra el Hotel, era favorable a su apertura, debido al subdesarrollo del pueblo: la economía, a pesar de la fuerte industrialización y desarrollo turístico en las últimas décadas, sigue basada en el sector primario (pesca) y en la estacionalidad turística. A esto hay que sumarle las grandes distancias sociales entre la minoría de trabajadores cualificados (en general, provinientes de fuera del pueblo) y la masa de trabajadores no cualificados (fundamentalmente oriundos del municipio sin estudios superiores e inmigrantes subsaharianos y de Europa del Este). Hasta principios de la década de los 90, el desarrollo del pueblo era aún menor; la expansión de la economía posterior, conocida como "el boom inmobiliario", así como la inauguración de universidades públicas en todas las provincias andaluzas, facilitó el desarrollo económico de la localidad, así como un aumento de la cualificación de los habitantes, los cuales ya no tenían que estudiar en Sevilla o Granada, pudiendo hacerlo en Almería, con lo que era más fácil mantener la relación con el pueblo por proximidad geográfica. Sin embargo, a principios de la década de 2000 los efectos de esta nueva generación de cualificados aún no se habían instalado en la economía del pueblo ni en la cultura del mismo.

Por qué es tan difícil derribar el hotel de El Algarrobico 15 años después de la paralización de las obras. La sentencia del TSJA da al traste con el intento por derrumbar el hotel ilegalizado por los tribunales. La vista está puesta ahora en el Ayuntamiento de Carboneras, el cual debe revisar la licencia de obras dada en 2003 para proceder a la demolición.

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