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Tatiana Espinosa (Lima, 1977) está al frente de la defensa de
los últimos shihuahuacos (Dipteryx micrantha) a orillas del río
Las Piedras, en Madre de Dios, capital de la biodiversidad de Perú.
Allí, la ingeniera forestal encabeza Arbio, una organización sin
fines de lucro que protege un área de bosques que el Estado peruano
le concedió por un plazo de 40 años. Son 916 hectáreas que custodia,
desde hace 12 años, junto a sus hermanas Gianella y Rocío y un grupo
de guardaparques a través de la investigación de flora y fauna y
un sistema de adopción de otros árboles longevos, como la quinilla
colorada (Manilkara bidendata).

Pásate por Ser humano >> Activistas >>
Perú.
Gabriela Wiener Bravo es una escritora y periodista
peruana que pertenece al grupo de nuevos cronistas latinoamericanos.
Reside en España desde el año 2003. En 2018 fue reconocida con el
Premio Nacional de Periodismo de Perú por su periodismo de investigación
sobre violencia de género.
Pásate por La bibliotecaria >> 
La escritora desmonta la parafernalia de la Hispanidad
en 'Huaco retrato' y narra las peores consecuencias coloniales a
través de su propia estirpe, dudosa y orgullosamente bastarda.
Pásate por Ser humano >> Segregación
V.

Pásate por Paisajismo >> Viajeros al
tren.
Y desde los destacados, Septiembre de 2019.
Pásate por el resumen temático dedicado
a los indígenas.
Nos deja Alfredo Bryce Echenique, célebre por novelas como Un mundo
para Julius, su primera y más emblemática obra, La vida exagerada
de Martín Romaña o No me esperen en abril. Es considerado una de
las últimas figuras importantes vinculadas directamente al propio
boom latinoamericano, así como una de las figuras clave del periodo
post-boom. Su trayectoria está marcada por reconocimientos como
el Premio Nacional de Literatura (1972), el Premio Nacional de Narrativa
de España (1998), el Premio Planeta de Novela (2002), entre otros.
Magdalena peruana y otros cuentos y el ensayo A trancas y barrancas
son muestra de su obra.
La Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos
Humanos y Contra el Terrorismo de Callao, Lima Centro, Lima Este,
Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur declaró extinguida por prescripción
la acción penal contra 52 investigados por el caso de presuntas
esterilizaciones forzadas ocurridas entre el 28 de julio de 1990
y el 22 de noviembre de 2000. La decisión fue adoptada mediante
la Disposición Fiscal 25, del 22 de octubre de 2026, que comprende
hechos vinculados con intervenciones quirúrgicas practicadas sin
el consentimiento libre, previo e informado de las agraviadas.
En la disposición difundida por Lima Times, el Ministerio Público
determinó que existen elementos de convicción para sostener que
los hechos investigados se subsumen en los delitos de lesiones graves
y lesiones graves seguidas de muerte, previstos en el artículo 121
del Código Penal. El documento precisa que las intervenciones quirúrgicas
se realizaron «sin el consentimiento libre, previo e informado de
las agraviadas» y que los vicios que las afectaron «configuran esterilizaciones
forzadas», conforme a lo desarrollado en la investigación.
Asimismo, la Fiscalía determinó que los hechos reúnen los elementos
de un crimen de lesa humanidad según el derecho penal internacional.
En concreto, sostuvo que las esterilizaciones forzadas se cometieron
«como parte de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra
un sector de la población civil, en ejecución de una política de
Estado y con conocimiento de dicho ataque por parte de los autores».
Para sustentar la decisión sobre la prescripción, el Ministerio
Público invocó las reglas nacionales correspondientes a la legislación
penal vigente al momento de los hechos, los artículos 78, inciso
1, y 80 y 83 del Código Penal, la Ley 32107 y la interpretación
establecida por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 190/2025,
recaída en los expedientes 00009-2024-PI/TC y 00023-2024-PI/TC,
acumulados. Según el documento, estos fundamentos resultan aplicables
a los hechos materia de investigación y permiten declarar extinguida
la acción penal.
Entre los investigados comprendidos en la decisión figuran Eduardo
Franklin Yong Motta, exministro de Salud; Marino Ricardo Luis Santiago
Costa Bauer, también exministro de Salud; y Alejandro Aguinaga Recuenco,
exministro y exviceministro de Salud. La disposición los incluye
entre los autores mediatos y detalla las modalidades delictivas
atribuidas en relación con las agraviadas. La declaración de prescripción
alcanza, en total, a 52 investigados por la presunta comisión de
delitos contra la vida, el cuerpo y la salud. La resolución también
recoge antecedentes sobre la ejecución del programa de anticoncepción
quirúrgica voluntaria durante la década de 1990. El documento describe
el establecimiento de metas por ámbitos territoriales, el seguimiento
desde la Presidencia de la República y las intervenciones realizadas
en establecimientos de salud. Asimismo, cita informes que cuestionaron
la aplicación de las metas y el respeto del consentimiento informado,
además de la evaluación antropológica que concluyó que «la práctica
de la anticoncepción quirúrgica en el Perú ha discriminado a las
mujeres de las poblaciones nacionales por su situación social, por
su condición de género y ha evidenciado un carácter marcadamente
racista».

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